• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 4454/2020
  • Fecha: 26/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El concepto penal de funcionario público es más amplio que el que se utiliza en otras ramas del ordenamiento jurídico y más concretamente en el ámbito del Derecho administrativo, pues mientras que para éste los funcionarios son personas incorporadas a la Administración Pública por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el Derecho administrativo, por el contrario, el concepto penal de funcionario público no exige las notas de incorporación ni permanencia, sino la participación en la función pública. En lo que se refiere al acceso al ejercicio de tales funciones públicas, no importan los requisitos de selección para el ingreso, ni la categoría, ni el sistema de retribución, ni el estatuto legal y reglamentario, ni el sistema de previsión, ni aun la estabilidad o temporalidad, resultando suficiente un contrato laboral o incluso el acuerdo entre el interesado y la persona investida de facultades para el nombramiento. La falsedad en documento mercantil exige que las conductas falsarias recaigan sobre documentos que se manifiesten con ocasión de las actividades propias de una empresa mercantil, siempre que puedan afectar potencialmente a la seguridad del tráfico jurídico-mercantil por el grado de confianza que esos documentos generan para terceros. El delito de malversación de caudales públicos es un delito especial propio que sólo puede ser perpetrado por quienes tengan la condición de autoridad o funcionario público y sean custodios de los fondos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FERNANDO LACABA SANCHEZ
  • Nº Recurso: 1/2022
  • Fecha: 25/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a una acusada como autora material de un delito de desobediencia grave de autoridad pública. Acusada que como miembro del Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma interviene personalmente en diversas iniciativas legislativas encaminadas a materializar un proceso de secesión, a pesar de haber sido notificada personalmente del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional, resultando también apercibida de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, que podrían derivarse del incumplimiento. Legitimación de la Abogacía del Estado para ostentar la condición de acusación particular en causa seguida por desobediencia. Delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública. Negativa abierta a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales. Desatención de manera clara, reiterativa y flagrante de los requerimientos efectuados por el Tribunal Constitucional. Autoría material como miembro de un consejo de gobierno autonómico. Conocimiento de la prohibición de actuar que le incumbía. Sometimiento de todos a la ley y al cumplimiento de las resoluciones judiciales. Error de prohibición en la acusada que actuaría como causa de justificación de su conducta y que no basta con resultar alegado para resultar acogido. La mera duda acerca de la legalidad del referéndum unilateral de autodeterminación no resulta atendible.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN FRANCISCO MARTEL RIVERO
  • Nº Recurso: 193/2023
  • Fecha: 13/04/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Naturaleza del auto de transformación en procedimiento abreviado: tiene por objeto la identificación de la persona imputada y los hechos punibles. Participación en negociaciones tendentes a convenir la forma de cobrar trabajos de imagen y reputación realizados para políticos y dirigentes de un partido político. Influencias para conseguir contratos y prebendas de diversa naturaleza, obteniendo ilícita e indirectamente emolumentos injustificados por tales prestaciones de una serie de terceras entidades.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 3199/2021
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado y, a los absueltos del delito de malversación, se les condena en calidad de autores o cómplices, según el grado de aporte al hecho. Autoría de extraños, extraneus, en delitos especiales. Autor de un delito de malversación de caudales públicos, por ser detentador de hecho de los caudales públicos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 6942/2021
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Pieza separada de los ERES. Auto de Transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado. Obtención de ayudas para una empresa de forma ilícita en connivencia con los responsables de la Comunidad Autónoma, sin un objeto o finalidad definida y concreta, indicándose que era para el pago de nóminas de trabajadores. Incidencia de la Sentencia dictada en la causa principal, respecto de la instrucción de las piezas separadas. El estándar de justificación exigible en sede de instrucción es menor exigente que el requerido en el juicio oral, bastando con la probabilidad prevalente de la hipótesis del delito. Invocación de la inexistencia del dolo al limitarse a cumplir con los compromisos asumidos por su predecesor, que es rechazada por el Tribunal. Plazo para la instrucción, conforme a la redacción vigente al tiempo de los hechos. No es posible acordar diligencias con posterioridad a la expiración del plazo, sin perjuicio de recibir las diligencias rezagadas. No procede recibir declaración en calidad de investigado después de concluir el plazo para la instrucción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: JESUS MARTINEZ ABAD
  • Nº Recurso: 3/2019
  • Fecha: 30/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cómputo de la prescripción en los delitos conexos o en el concurso de delitos. Malversación de caudales públicos, supuesto en el que los fondos integren el patrimonio de sociedades participadas por la Administración. Subtipo de especial gravedad por las cantidades malversadas. Falsedad en documento mercantil, confección de facturas respecto de operaciones inexistentes. Homogeneidad entre las distintas modalidades falsarias. Apreciación de la continuidad delictiva, descartando la unidad de acción. Concurso medial entre la falsedad y la malversación, es más favorable la legislación posterior. Cooperadores necesarios, el extraño y posibilidad de rebajar la pena, es facultativa. Los distintos tipos de cohecho son homogéneos. Delito continuado de cohecho activo y pasivo. Delito de blanqueo de capitales, no es precisa la condena previa del delito base del que proviene el capital objeto de blanqueo. Figura del autoblanqueo. Delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, por los que absuelve el Tribunal. Determinación de la pena en el concurso medial. Fallecimiento de un acusado después del juicio y antes de dictar sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
  • Nº Recurso: 1/2022
  • Fecha: 29/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a una acusada como autora de un delito de prevaricación administrativa y de un delito continuado de falsedad en documento público y en documento mercantil, absuelve a otros dos acusados del delito de prevaricación administrativa y les condena como responsables de los mismos delitos de falsedad documental. Directora de un ente público que, como responsable de la contratación, adjudica un contrato de servicio con otro acusado sin sujetarse al procedimiento administrativo de adjudicación y posteriormente, para autorizar los pagos por los servicios prestados, emite diversas resoluciones de adjudicación en el seno de otros tantos procedimientos de contratación menor a los que son aportados unos presupuestos simulados requeridos para superar los controles de la intervención. Delito de prevaricación administrativa. Resolución ilegal omisiva. Injusticia y arbitrariedad de la resolución. Parte subjetiva del ilícito prevaricador. Consumación unitaria de la prevaricación que impide la continuidad delictiva. Autoría y participación de extraneus en el delito especial. Absolución de los acusados extraneus por falta de acreditación una conciencia de ilícitud del procedimiento de adjudicación. Falsedad en documento público. Presupuestos ficticios y resoluciones administrativas simuladas con el propósito de dar cobertura a los pagos generados con ocasión del contrato prevaricador. Penalidad. Propuesta de indulto parcial por excesivo rigor punitivo ante la ausencia de lucro personal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 11339/2022
  • Fecha: 28/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Pieza separada de los ERES de Andalucía. Auto de prosecución de la causa respecto de varias personas como posibles responsables de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Existencia de una Sentencia del TS sobre la causa principal, que ha de ser tenida en cuenta en la instrucción de las distintas piezas separadas. La división del enjuiciamiento puede dar lugar a coincidencias entre la pieza matriz y las piezas separadas, debiendo evitarse el bis in idem. La división tampoco puede perjudicar el derecho de defensa de las personas investigadas y enjuiciadas en las piezas separadas, a quienes se debe garantizar el derecho a cuestionar todos los hechos en que se pretende fundar su condena. Participación del extraño, partícipe como cooperador necesario, en los delitos de malversación y de prevaricación. Estimación del recurso al considerar la AP que no hay elementos suficientes para la imputación de este investigado al no superarse la mera sospecha.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 1759/2021
  • Fecha: 27/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juicio se celebró de forma contradictoria; su condena no se basa en la genérica aceptación de lo declarado por los coacusados silentes ante su interrogatorio, sino singularmente en prueba testifical y documental que se ha practicado con todas las garantías. Que los otros acusados, legítimamente, en uso de sus facultades y decidiendo libremente, hayan aceptado la acusación y la penalidad, ello no es reprochable, no por ello podemos hablar de indefensión. Cuestión diferente es que la posición de los coacusados debilitase su estrategia defensiva, pero ello no es imputable a los órganos estatales. El principio de igualdad protege frente a divergencias arbitrarias de trato, lo que no tiene lugar en el caso, ya que los "conformados", a cambio de una acusación más leve, renuncian a derechos instrumentales de su defensa. La declaración conjunta de dos testigos no supone una extravagancia. Además, como expertos, su posición se acerca a la de peritos. No se puede excluir la complicidad en el delito de prevaricación. La petición de complemento es presupuesto para la casación por incongruencia omisiva. No hay indefensión por una imputación tardía, ya que se invoca de forma genérica. No procede la cuasiprescripción. No hay dato de retraso interesado en denunciar para presionar. Los delitos de malversación y de fraude pueden concurrir sin solaparse. Los hechos no merecen el tratamiento atenuatorio que dispensa el art. 432 bis del CP, ya que no existió restitución de los fondos públicos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: INMACULADA LOPEZ CANDELA
  • Nº Recurso: 859/2022
  • Fecha: 27/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena por delito de malversación de caudales públicos. El acusado, trabajando como técnico informático para el Ministerio de Industria, se apoderó de 33 ordenadores del ministerio que vendió posteriormente, habiendo cometido los hechos por razón de trastorno por consumo de cocaína que disminuía, sin anularla, su capacidad intelectiva. El delito de malversación de caudales públicos requiere que: a) el autor sea funcionario público del art. 24 CP. o resultar asimilado a la condición de funcionario por la vía del art. 435 (en el caso particular que esté encargado por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las administraciones públicas o legalmente designado como depositario de caudales o efectos públicos); b) los efectos o caudales, en todo caso de naturaleza mueble, sean públicos; c) los caudales o efectos públicos estén a su cargo por razón de sus funciones. Se aprecia la atenuante de drogadicción, interesando el apelante que sea atenuante muy cualificada. La drogadicción como modificación de la responsabilidad criminal requiere como factores: 1) biopatológico, que sea grave y de cierta antigüedad; 2) psicológico, no es suficiente con ser drogadicto, debe ser la drogadicción la causa del delito (delincuencia funcional); 3) cronológico, la afectación psicológica debe concurrir en el momento de la comisión del delito; 4) normativo, afectación de la capacidad volitiva e intelectiva. No se prueba anulación o grave perturbación de la facultad intelectiva y volitiva.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.