Resumen: Se estima el recurso del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado y, a los absueltos del delito de malversación, se les condena en calidad de autores o cómplices, según el grado de aporte al hecho. Autoría de extraños, extraneus, en delitos especiales. Autor de un delito de malversación de caudales públicos, por ser detentador de hecho de los caudales públicos.
Resumen: Pieza separada de los ERES. Auto de Transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado. Obtención de ayudas para una empresa de forma ilícita en connivencia con los responsables de la Comunidad Autónoma, sin un objeto o finalidad definida y concreta, indicándose que era para el pago de nóminas de trabajadores. Incidencia de la Sentencia dictada en la causa principal, respecto de la instrucción de las piezas separadas. El estándar de justificación exigible en sede de instrucción es menor exigente que el requerido en el juicio oral, bastando con la probabilidad prevalente de la hipótesis del delito. Invocación de la inexistencia del dolo al limitarse a cumplir con los compromisos asumidos por su predecesor, que es rechazada por el Tribunal. Plazo para la instrucción, conforme a la redacción vigente al tiempo de los hechos. No es posible acordar diligencias con posterioridad a la expiración del plazo, sin perjuicio de recibir las diligencias rezagadas. No procede recibir declaración en calidad de investigado después de concluir el plazo para la instrucción.
Resumen: Cómputo de la prescripción en los delitos conexos o en el concurso de delitos. Malversación de caudales públicos, supuesto en el que los fondos integren el patrimonio de sociedades participadas por la Administración. Subtipo de especial gravedad por las cantidades malversadas. Falsedad en documento mercantil, confección de facturas respecto de operaciones inexistentes. Homogeneidad entre las distintas modalidades falsarias. Apreciación de la continuidad delictiva, descartando la unidad de acción. Concurso medial entre la falsedad y la malversación, es más favorable la legislación posterior. Cooperadores necesarios, el extraño y posibilidad de rebajar la pena, es facultativa. Los distintos tipos de cohecho son homogéneos. Delito continuado de cohecho activo y pasivo. Delito de blanqueo de capitales, no es precisa la condena previa del delito base del que proviene el capital objeto de blanqueo. Figura del autoblanqueo. Delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, por los que absuelve el Tribunal. Determinación de la pena en el concurso medial. Fallecimiento de un acusado después del juicio y antes de dictar sentencia.
Resumen: Condena a una acusada como autora de un delito de prevaricación administrativa y de un delito continuado de falsedad en documento público y en documento mercantil, absuelve a otros dos acusados del delito de prevaricación administrativa y les condena como responsables de los mismos delitos de falsedad documental. Directora de un ente público que, como responsable de la contratación, adjudica un contrato de servicio con otro acusado sin sujetarse al procedimiento administrativo de adjudicación y posteriormente, para autorizar los pagos por los servicios prestados, emite diversas resoluciones de adjudicación en el seno de otros tantos procedimientos de contratación menor a los que son aportados unos presupuestos simulados requeridos para superar los controles de la intervención. Delito de prevaricación administrativa. Resolución ilegal omisiva. Injusticia y arbitrariedad de la resolución. Parte subjetiva del ilícito prevaricador. Consumación unitaria de la prevaricación que impide la continuidad delictiva. Autoría y participación de extraneus en el delito especial. Absolución de los acusados extraneus por falta de acreditación una conciencia de ilícitud del procedimiento de adjudicación. Falsedad en documento público. Presupuestos ficticios y resoluciones administrativas simuladas con el propósito de dar cobertura a los pagos generados con ocasión del contrato prevaricador. Penalidad. Propuesta de indulto parcial por excesivo rigor punitivo ante la ausencia de lucro personal.
Resumen: Pieza separada de los ERES de Andalucía. Auto de prosecución de la causa respecto de varias personas como posibles responsables de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Existencia de una Sentencia del TS sobre la causa principal, que ha de ser tenida en cuenta en la instrucción de las distintas piezas separadas. La división del enjuiciamiento puede dar lugar a coincidencias entre la pieza matriz y las piezas separadas, debiendo evitarse el bis in idem. La división tampoco puede perjudicar el derecho de defensa de las personas investigadas y enjuiciadas en las piezas separadas, a quienes se debe garantizar el derecho a cuestionar todos los hechos en que se pretende fundar su condena. Participación del extraño, partícipe como cooperador necesario, en los delitos de malversación y de prevaricación. Estimación del recurso al considerar la AP que no hay elementos suficientes para la imputación de este investigado al no superarse la mera sospecha.
Resumen: El juicio se celebró de forma contradictoria; su condena no se basa en la genérica aceptación de lo declarado por los coacusados silentes ante su interrogatorio, sino singularmente en prueba testifical y documental que se ha practicado con todas las garantías. Que los otros acusados, legítimamente, en uso de sus facultades y decidiendo libremente, hayan aceptado la acusación y la penalidad, ello no es reprochable, no por ello podemos hablar de indefensión. Cuestión diferente es que la posición de los coacusados debilitase su estrategia defensiva, pero ello no es imputable a los órganos estatales. El principio de igualdad protege frente a divergencias arbitrarias de trato, lo que no tiene lugar en el caso, ya que los "conformados", a cambio de una acusación más leve, renuncian a derechos instrumentales de su defensa. La declaración conjunta de dos testigos no supone una extravagancia. Además, como expertos, su posición se acerca a la de peritos. No se puede excluir la complicidad en el delito de prevaricación. La petición de complemento es presupuesto para la casación por incongruencia omisiva. No hay indefensión por una imputación tardía, ya que se invoca de forma genérica. No procede la cuasiprescripción. No hay dato de retraso interesado en denunciar para presionar. Los delitos de malversación y de fraude pueden concurrir sin solaparse. Los hechos no merecen el tratamiento atenuatorio que dispensa el art. 432 bis del CP, ya que no existió restitución de los fondos públicos.
Resumen: Condena por delito de malversación de caudales públicos. El acusado, trabajando como técnico informático para el Ministerio de Industria, se apoderó de 33 ordenadores del ministerio que vendió posteriormente, habiendo cometido los hechos por razón de trastorno por consumo de cocaína que disminuía, sin anularla, su capacidad intelectiva. El delito de malversación de caudales públicos requiere que: a) el autor sea funcionario público del art. 24 CP. o resultar asimilado a la condición de funcionario por la vía del art. 435 (en el caso particular que esté encargado por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las administraciones públicas o legalmente designado como depositario de caudales o efectos públicos); b) los efectos o caudales, en todo caso de naturaleza mueble, sean públicos; c) los caudales o efectos públicos estén a su cargo por razón de sus funciones. Se aprecia la atenuante de drogadicción, interesando el apelante que sea atenuante muy cualificada. La drogadicción como modificación de la responsabilidad criminal requiere como factores: 1) biopatológico, que sea grave y de cierta antigüedad; 2) psicológico, no es suficiente con ser drogadicto, debe ser la drogadicción la causa del delito (delincuencia funcional); 3) cronológico, la afectación psicológica debe concurrir en el momento de la comisión del delito; 4) normativo, afectación de la capacidad volitiva e intelectiva. No se prueba anulación o grave perturbación de la facultad intelectiva y volitiva.
Resumen: Auto de prosecución de la causa por los trámites del Procedimiento Abreviado, por delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Pieza de separada de los ERES. Posible ilicitud de las ayudas socio laborales otorgadas por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía a una mercantil para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores afectados por un ERE, mediante la financiación de un seguro de rentas vitalicio. Incidencia de la causa principal en la que ya se ha dictado Sentencia. Contenido y alcance del Auto de Transformación en Procedimiento Abreviado. Delito de malversación de caudales públicos, protege la correcta gestión de fondos públicos o del patrimonio público para el correcto desempeño para la función pública. Participación del extraño, y su posible atenuación de la responsabilidad criminal. Delito de falsedad, no es delito de propia mano. Exclusión de un investigado del auto de imputación, por falta de indicios contra él.
Resumen: Solicitud de extradición para ser enjuiciado por la posible comisión de hechos constitutivos de un delito de malversación de bienes ajenos, cometido en una cuantía particularmente grande. Concurrencia de los principios de doble incriminación extradicional y de mínimo punitivo: calificación en nuestra legislación como delito de estafa. No es condición indispensable para que proceda la entrega del reclamado que éste sea notificado de la orden de detención que se dicte en el Estado reclamante. No se aprecia omisión de documentación exigible. La situación bélica en Ucrania solo podría se motivo de aplazamiento de la entrega. La solicitud de asilo solo determina la suspensión de la entrega hasta la resolución en vía administrativa.
Resumen: La causa se siguió contra el Alcalde de un Ayuntamiento por un delito continuado de prevaricación, en relación de concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos. Alternativamente, fraude en la contratación. Cuestiones previas. Acusación sorpresiva, que no se acoge por no variar los hechos imputados. Realización de pagos con cargo a fondos procedente de otra cuenta del Ayuntamiento, con los reparos de la intervención municipal, al entender que existía una caja única. Modificaciones legislativas habidas en el ámbito de la malversación de caudales públicos. Hechos atípicos, pues no se le acusa al acusado de que haya sustraído, o consentido en la sustracción por otro, de caudales públicos. La existencia de reparos a los pagos de las facturas, no implica malversación, pues habría que acreditar que los servicios no fueron prestados y su pago supuso una sustracción del dinero público. Delito de fraude en la contratación, requiere la existencia de un concierto entre autoridades y funcionarios sin que sea necesario para su consumación la causación efectiva de un daño o perjuicio al patrimonio de la Administración, que de darse supondría una progresión delictiva hacia el delito de malversación de caudales públicos, si bien se requiere que haya un riesgo o peligro concretos para dicho patrimonio. Elemento subjetivo, que la adjudicación o contratación ilegal se haga con el propósito de defraudar a la Administración. Delito de prevaricación administrativa.